Cooperación Institucional

Un puente entre paises

Programa INTERREG, España-Portugal, (POCTEP), 2021-2027

La Comisión Europea aprobó́, el 22 de agosto de 2022, el Programa de cooperación transfronteriza Interreg España-Portugal (POCTEP) 2021- 2027.

El espacio de cooperación se localiza en el extremo suroeste de la UE y se encuentra estrechamente vinculado a la frontera entre España y Portugal que, con un total de 1.234 km, es una de las más extensas de Europa.

Teniendo en cuenta la especificidad de cada territorio, su trayectoria histórica y los buenos resultados obtenidos, la articulación del Programa continuará basada en las 6 Áreas de Cooperación que han conformado el territorio en los últimos Programas.

El programa POCTEP 2021-2027 ha sido elaborado por los Estados miembros de España y Portugal con el fin de afrontar desafíos clave en el área fronteriza entre ambos países.

Para su redacción se han tenido en cuenta el diagnóstico previo de la situación actual del área de cooperación, los referentes estratégicos que inciden sobre la misma, los principios de asociación y gobernanza multinivel y los resultados de la evaluación ambiental estratégica.

De esta forma, el programa se ha articulado en prioridades:

Prioridad 1. Aprovechar el potencial de la cooperación para consolidar el ecosistema de innovación, científico y tecnológico, potenciar la creación de redes de conocimiento y empresariales, fomentar la digitalización y mejorar la competitividad empresarial, en especial de pymes y micropymes.

Prioridad 2. Fomentar la cooperación para maximizar el aprovechamiento de los recursos endógenos del territorio y el desarrollo de iniciativas y sectores clave, avanzando en la especialización inteligente.

Prioridad 3. Avanzar en la transición ecológica y la adaptación al cambio climático del espacio transfronterizo a través de la cooperación como herramienta para el fomento de la economía verde y la economía azul.

Prioridad 4. Proteger y conservar la biodiversidad en los espacios naturales y rurales y valorizar los ecosistemas naturales y el medio ambiente urbano del espacio transfronterizo a través de la cooperación.

Prioridad 5. Potenciar la cooperación para afrontar el reto demográfico en el espacio fronterizo, creando condiciones de vida atractivas basadas en el acceso al mercado de trabajo, servicios públicos esenciales, movilidad y aplicando principios de inclusión social, igualdad de oportunidades y trato.

Prioridad 6. Impulsar a través de la cooperación transfronteriza el desarrollo de estrategias multisectoriales de desarrollo integrado y sostenible.

Prioridad 7. Superar los obstáculos fronterizos mediante la aplicación de un enfoque transformador de gobernanza multinivel a la cooperación transfronteriza.

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Fundación General de la Universidad de Salamanca

La Fundación General de la Universidad de Salamanca es una entidad sin ánimo de lucro constituida en 1998 con la finalidad de cooperar al cumplimiento de los fines de la Universidad de Salamanca. De esta forma la Universidad cuenta con un instrumento ágil para llevar a cabo objetivos específicos:

  • Promover y desarrollar cursos de postgrado y actividades de formación continua especializada, para elevar la capacitación científica y profesional de los titulados universitarios, así como para dar respuesta a las necesidades de especialización y profundización en el conocimiento que demande la sociedad. 
  • Potenciar la presencia de la Universidad de Salamanca en el extranjero, especialmente mediante la creación de centros culturales en Iberoamérica y Europa. 
  • Fomentar, en cualquier materia de interés mutuo, la relación entre la Universidad de Salamanca y las entidades públicas y privadas, con especial atención a las relaciones Universidad-Empresa, con el propósito de potenciar las actividades investigadoras de la Universidad y consecuentamente la transferencia de conocimiento y tecnología, así como actuaciones en favor del empleo, contribuyendo a su financiación. 
  • Promover el interés de la sociedad por la investigación, el desarrollo y la experimentación mediante la constante divulgación del conocimiento científico y técnico, así como su difusión al tejido empresarial e industrial. 
  • Hacer de la innovación, rigurosamente planificada, contrastada, evaluada y fundamentada, una de las principales señas de identidad de la Universidad de Salamanca. 
  • Realizar, de manera permanente, el asesoramiento científico, técnico y cultural a la sociedad, contribuyendo, de este modo, a la mejora de la calidad de vida en comunidad.


La Fundación General de la Universidad de Salamanca trabaja intensamente para alcanzar los mencionados objetivos, procurando integrar a toda la comunidad universitaria en estos proyectos.

 

Consejo Económico y Social de España

El Consejo Económico y Social fue creado por la Ley 21/1991, de 17 de junio (BOE de 18 de junio), para el cumplimiento de la función constitucional de reforzar la participación de los agentes económicos y sociales en la vida económica y social, reafirmando su papel en el desarrollo del Estado social y democrático de derecho. 
El CES sirve de plataforma institucional permanente de diálogo y deliberación, en la medida en que es el único órgano donde está representado un amplio con- junto de organizaciones socioprofesionales, y constituye un medio de comunicación, también permanente, entre los agentes económicos y sociales y el Gobierno. 
La función consultiva del Consejo, que se instituye a través de su Ley de Creación, se ejerce en relación con la actividad normativa del Gobierno en materia socioeconómica y laboral, y se materializa, fundamentalmente, en la emisión de informes y dictámenes solicitados con carácter preceptivo o facultativo, según los casos, o elaborados por iniciativa propia. 
El Consejo Económico y Social de España es un ente de derecho público recogido en el artículo 131, apartado 2, de la Constitución, de carácter consultivo del Gobierno en materia socioeconómica y laboral.
Tiene reconocida expresamente la independencia funcional de la Administración General del Estado, como ente público especializado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad, así como autonomía orgánica y funcional para el cumplimiento de sus fines, que le faculta para regular su régimen de organización y funcionamiento internos. El Consejo está adscrito administrativamente al Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Son funciones del Consejo Económico y Social las siguientes:

  • Emitir dictamen, con carácter preceptivo, sobre los Anteproyectos de Leyes del Estado y Proyectos de Reales Decretos Legislativos que regulen materias socioeconómicas y laborales y sobre los Proyectos de Reales Decretos que se considere por el Gobierno que tienen una especial trascendencia en la regulación de las materias indicadas. 
  • Emitir dictamen, también con carácter preceptivo, sobre Anteproyectos de Leyes o Proyectos de disposiciones administrativas que afecten a la organización, competencias o funcionamiento del Consejo; sobre la separación del Presidente y del Secretario General del Consejo y sobre cualquier otro asunto que, por precepto expreso de una Ley, haya que consultar al Consejo. 
  • Emitir dictamen sobre los asuntos que, con carácter facultativo, se sometan a consulta del Consejo por el Gobierno de la Nación o sus miembros. 
  • Elaborar, a solicitud del Gobierno o de sus miembros, o por propia iniciativa, estudios e informes que se relacionen, en el marco de los intereses económicos y sociales que son propios de los interlocutores sociales, con las siguientes materias: Economía y Fiscalidad; Relaciones Laborales, Empleo y Seguridad Social; Asuntos Sociales; Agricultura y Pesca; Educación y Cultura; Salud y Consumo; Medio Ambiente; Transporte y Comunicaciones; Industria y Energía; Vivienda; Desarrollo Regional; Mercado Único Europeo y Cooperación para el Desarrollo. 
  • Regular su propio régimen de organización y funcionamiento interno. 
  • Elaborar y elevar anualmente al Gobierno, dentro de los primeros cinco meses de cada año, una Memoria en la que se expongan sus consideraciones sobre la situación socioeconómica y laboral de la nación.

 

Conselho Económico e Social de Portugal

 

El Conselho Económico e Social, previsto en el artículo 92º de la Constitución de la República Portuguesa, es el órgano constitucional de consulta y concertación en materia de las políticas económicas y sociales, que tiene como principales objetivos la promoción de la participación de los agentes económicos y sociales en los procesos de toma de decisión de los órganos de soberanía, en el ámbito de materias socioeconómicas, siendo, por excelencia, el espacio de diálogo entre el Gobierno, los Agentes Sociales y restantes representantes de la sociedad civil organizada. Participa en la elaboración de las propuestas de las grandes opciones y de los planes de desarrollo económico y social y ejerce las demás funciones que le sean atribuidas por ley. Le compete, en los términos de la Ley n.º 108/91 de 17 de agosto, actualizada:

  • Pronunciarse sobre los anteproyectos de las grandes opciones y de los planes de desarrollo económico y social, antes de ser aprobados por el Gobierno, así como sobre los informes de su respectiva ejecución; 
  • Pronunciarse sobre las políticas económicas y sociales, así como sobre la ejecución de las mismas; 
  • Considerar las posiciones de Portugal en las instancias de las Comunidades Europeas, en el ámbito de las políticas económicas y sociales, y pronunciarse sobre la utilización nacional de los fondos comunitarios, estructurales y específicos; 
  • Pronunciarse sobre las propuestas de planes sectoriales y espaciales de ámbito nacional y en general sobre las políticas de reestructuración y de desarrollo socioeconómico que el Gobierno considere someterle; 
  • Considerar regularmente la evolución de la situación económica y social del País; 
  • Considerar los documentos que correspondan a la política de desarrollo regional; 
  • Promover el diálogo y la concertación entre los agentes sociales; 
  • Emitir dictámenes por iniciativa propia, en los términos de la ley.

 

Instituto Politécnico de Bragança

 

El Instituto Politécnico de Bragança es una institución pública se enseñanza superior que tiene por misión la creación, trasmisión y difusión del conocimiento técnico-científico y del saber de naturaleza profesional, a través de la articulación del estudio, de la enseñanza, de la investigación aplicada y del desarrollo experimental.
Desarrolla su misión en articulación con la sociedad, incluyendo la colaboración transfronteriza, en una perspectiva de cohesión territorial y de afirmación nacional e internacional, con vista al desarrollo de la Región, basado en la innovación y la producción y transferencia del conocimiento técnico-científico.
Promueve la puesta en valor de su personal docente, investigador y no docente, estimula la formación intelectual y profesional de los estudiantes y asegura las condiciones para que todos los ciudadanos debidamente habilitados puedan tener acceso a la enseñanza superior y al aprendizaje a lo largo de la vida.
Promueve la movilidad de estudiantes y diplomados, tanto a nivel nacional como internacional, especialmente en el espacio europeo de enseñanza superior y en la comunidad de países de lengua oficial portuguesa.
Participa, de modo individual o a través de sus unidades orgánicas, en actividades de conexión con la sociedad, especialmente referidas a la difusión, transferencia y puesta en valor del conocimiento.