Institucionalizar el Derecho al Cuidado. Una vía para reforzar nuestro Estado del Bienestar

Los Estados de Bienestar europeos, ya desde su consolidación tras la Segunda Guerra Mundial, se han articulado como un modelo de organización sociopolítica en el que las administraciones públicas asumen un papel activo en la protección y promoción del bienestar social y económico de los ciudadanos.
En su versión más avanzada –el modelo propio de los países escandinavos– el Estado de Bienestar da forma a una suerte de “utopía factible”, en la que las administraciones públicas garantizan una amplia provisión de servicios esenciales, con una fuerte preeminencia de la lógica universalista y de la desmercantilización. Este modelo –construido sobre la institucionalización de determinados derechos sociales–, permite que las personas pueden acceder a la provisión de servicios básicos independientemente de su nivel de renta.
El Estado de Bienestar español se construye de forma tardía –con la llegada de la democracia, en la década de 1980– y con importantes carencias. Al igual que otros modelos europeos, se alza sobre tres pilares esenciales: los servicios sanitarios, los servicios educativos y el sistema de pensiones para garantizar una jubilación digna. Sin embargo, a diferencia de otros modelos europeos, nuestro Estado de Bienestar experimenta un notable infradesarrollo en el ámbito de los cuidados de larga duración: aquellos servicios que permiten que una persona que no sea totalmente capaz de cuidar de sí misma mantenga la mejor calidad de vida posible y un cierto grado de autonomía, de acuerdo con sus preferencias individuales.
El infradesarrollo de este cuarto pilar del Estado de Bienestar español se evidenció claramente durante la pandemia del COVID-19, momento en el que el Sistema de Dependencia de nuestro país mostró enormes fragilidades, fruto de problemas estructurales preexistentes (infrafinanciación del sistema, déficit de personal sanitario y sociosanitario, falta de coordinación institucional, modelo de cuidados excesivamente orientado hacia el modelo residencial…).
Este conjunto de fragilidades obedecen, en última instancia, al hecho de que en nuestro país nunca se ha terminado de institucionalizar el Derecho al Cuidado –a diferencia del derecho a la educación, a la salud o a una pensión adecuada–. El Derecho al Cuidado debe entenderse como la potestad de las personas con algún nivel de dependencia a recibir servicios de apoyo y asistencia para garantizar su bienestar físico y emocional, así como la mayor autonomía posible. Este enfoque resulta particularmente útil para pensar aquellas políticas públicas que nos permitan mejorar y modernizar nuestro Estado del Bienestar.
Hoy existe una mayor conciencia ciudadana que demanda a las administraciones públicas la institucionalización de este Derecho al Cuidado, que ya no puede seguir confinado en el espacio privado de las familias, pero que además no es deseable que lo haga (en la medida en que han sido tradicionalmente las mujeres las que, con importantes costes, han asumido estos cuidados). La emergencia de esta demanda, junto con las mayores necesidades de una sociedad cada vez más longeva, han dado lugar a un notable “care gap”. La sociedad –y en particular las personas que tienen algún nivel de dependencia o discapacidad– precisan de cuidados de larga duración que, sin embargo, hoy no son satisfechos por nuestro Estado del Bienestar, dejándose esta provisión en gran medida en manos del mercado o de las familias, lo que genera importantes desigualdades en la atención a ese derecho.
Nuestro país invierte en cuidados de larga duración solo el 0,75% del PIB, que es la mitad de lo que invierten, de media, los países de la OCDE. Y el infradesarrollo de este tipo de servicios es un elemento que multiplica las desigualdades entre la ciudadanía, determinando accesos muy dispares a los cuidados de larga duración en función del nivel de renta o de las condiciones familiares de cada persona.
Recordemos que, si el desarrollo del Estado del Bienestar tenía un objetivo, era precisamente el de evitar las desigualdades en el acceso a los servicios esenciales, garantizando una provisión universal de estos servicios, suficiente y de calidad para toda la población, independientemente de su nivel de renta. Pues bien, ese objetivo hoy no se cumple en España, particularmente para aquellas personas en situación de dependencia o con una discapacidad.
Repensar hoy nuestro Estado del Bienestar pasa por fortalecer y expandir el cuarto pilar del Estado del Bienestar –institucionalizando el Derecho al Cuidado–. Además, la necesidad de proveer de cuidados de larga duración es un reto impostergable en sociedades, como la nuestra, cada vez más longevas.
El desarrollo de un sistema de cuidados universalista, crecientemente desmercantilizado y que garantice la equidad en el acceso a los servicios requiere articular políticas en torno ejes muy diversos, aunque todos ellos necesarios: la financiación del sistema, que debe ser aumentada; los procedimientos de valoración y acceso al sistema, que deben ser reformados para ganar en eficiencia; la cartera de servicios (públicos y/o privados) que se prestan, que deben ser ampliados al tiempo que se incrementa su intensidad; las regulaciones que se establecen para garantizar la calidad de estos servicios, así como los derechos laborales de las personas trabajadoras, debiendo ser ambos reforzados; debe mejorarse igualmente la formación y profesionalización de las personas que cuidan; los procedimientos de coordinación entre instituciones, que deben fortalecerse y agilizarse con carácter estructural; y las acciones de comunicación dirigidas a la difusión de los derechos y la promoción del cambio cultural. El cambio tiene que darse de forma simultánea, y decidida, en todos estos frentes.
Modernizar y reforzar nuestro Estado del Bienestar para impulsar estas medidas no sólo conllevaría un impacto positivo sobre la equidad en el acceso a los servicios de cuidados. Institucionalizar el Derecho al Cuidado desarrollaría la llamada economía de los cuidados, con un importante potencial para desarrollar la actividad económica y el empleo. Hacer transitar la prestación de cuidados desde la esfera reproductiva hacia la esfera productiva –aflorando así un trabajo que hoy, en gran medida, permanece invisible, o en situaciones de “informalidad” laboral–, no sólo consolida derechos sociales y laborales para las personas que son potenciales usuarias o trabajadoras del sector, sino que además es una inversión que generaría retornos económicos muy importantes.
Así, por ejemplo, la inversión en cuidados reduciría las barreras estructurales que aún hoy lastran el acceso de muchas mujeres al mercado laboral, lo que contribuiría a elevar la tasa de empleo, generando importantes retornos fiscales en el futuro y ampliando la base de cotizantes de la Seguridad Social. La inversión en la economía de los cuidados es una inversión con un elevado retorno económico y social, realidad que facilitaría además su financiación.
Los enormes retos que la sociedad española tiene hoy día en el ámbito de los cuidados de larga duración nos exigen ser audaces en materia de políticas públicas. El Estado de Bienestar ha sido un proyecto político enormemente exitoso en la historia de nuestro país, construyendo una red de seguridad para la ciudadanía y aportando respuestas colectivas positivas frente a los riesgos sociales, económicos y sanitarios. Es el momento de actualizar ese proyecto, para hacer frente a las nuevas realidades y desafíos de una sociedad cada vez más longeva.